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El régimen cubano dio un nuevo paso hacia la dolarización de su economía. Las normas aparecieron el 10 de septiembre en la Gaceta Oficial y fueron emitidas por el Banco Central de Cuba y el Ministerio de Economía y Planificación. Se trata de la Resolución 102 de 2026, que aprueba las normas para la operatoria de cuentas bancarias en divisas. A ella se suma la Resolución 103 de 2026, que fija las bases del sistema de gestión y asignación de divisas. Ambas establecen un esquema nuevo para captar, distribuir y usar la moneda extranjera. Además, la del Banco Central deroga la regulación anterior sobre este tipo de cuentas.
Adiós a la autorización previa del Banco Central
El cambio más visible afecta a la apertura de cuentas bancarias en moneda extranjera. Hasta ahora, el Banco Central debía autorizar cada solicitud. La nueva norma establece que la apertura se realiza sin autorización previa de esa entidad. Por lo tanto, personas naturales y jurídicas podrán acudir directamente a los bancos. La medida alcanza a cubanos y extranjeros por igual. Los emigrados, sin embargo, deberán presentar un pasaporte consular vigente con visa. La Resolución 102 entrará en vigor siete días después de su publicación. En consecuencia, su aplicación efectiva comenzaría alrededor del 17 de septiembre.

La reforma también ensancha el uso permitido de las divisas. Desde esas cuentas, los actores no estatales podrán pagar importaciones al exterior. Asimismo, quedan autorizadas las transferencias a otras cuentas y las compras en plaza. También se admite la venta de divisas en el mercado cambiario. La extracción de efectivo en moneda extranjera figura igualmente entre las opciones. No obstante, dependerá de la disponibilidad y de la política comercial de cada banco. Ese matiz convierte un derecho formal en una posibilidad incierta.
La Resolución 103 fija las reglas de retención de divisas. Los actores económicos sin coeficiente de retención aprobado conservarán el 80 % de sus ingresos en divisas. El 20 % restante se aportará a la caja central del Estado. Ese porcentaje se acreditará en moneda nacional al tipo de cambio vigente. El esquema abarca ingresos por exportaciones, comercio electrónico y ventas a la Zona Especial de Desarrollo Mariel. Sin embargo, el régimen mantiene mecanismos de retención, conversión y asignación centralizada. En efecto, la flexibilidad llega acompañada de un mecanismo firme de captación estatal.
Un paquete que venía anunciado desde junio
Las resoluciones no surgen de manera aislada. Se enmarcan en el Decreto-Ley 113 sobre las transacciones en divisas, vigente desde el 17 de diciembre de 2025. Forman parte, además, del paquete de 176 medidas económicas y sociales presentado por el primer ministro Manuel Marrero Cruz ante la Asamblea Nacional en junio de 2026. Aquel programa anunciaba la ampliación de la dolarización parcial y un mercado cambiario digital. Incluía también la autorización de casas de cambio privadas. En definitiva, la isla avanza hacia un modelo de dos monedas y dos realidades.
La pregunta que queda abierta
El Gobierno presenta las nuevas normas como un ordenamiento necesario de las finanzas. Sus críticos, en cambio, las leen como la confirmación del fracaso del peso cubano. Ninguna resolución devuelve poder de compra a quien cobra en moneda nacional. Queda entonces la pregunta que atraviesa cada hogar de la isla. ¿Esta apertura al dólar ayudará al cubano de a pie? ¿O terminará creando una economía todavía más dividida entre quienes tienen dólares y quienes solo cobran en pesos?

